Juicios por falta de notificación
Si la institución no te notificó antes de retener tus fondos, se vulneró tu derecho a la defensa. La falta de notificación acarrea la nulidad de las actuaciones de cobro.
CNT · ANT · SRI · Municipios¿Te bloquearon tus cuentas bancarias por una deuda? Revisamos si te notificaron correctamente, si tu deuda ya prescribió y qué vías legales tienes para levantar la medida.
Cada caso empieza por el expediente: quién cobra, cómo te notificaron y cuánto tiempo ha pasado. Con eso definimos la vía que corresponde.
Si la institución no te notificó antes de retener tus fondos, se vulneró tu derecho a la defensa. La falta de notificación acarrea la nulidad de las actuaciones de cobro.
CNT · ANT · SRI · MunicipiosLas obligaciones con más de cinco años pueden considerarse extintas. Para beneficiarte de este derecho hay que solicitar la prescripción ante un juez.
Deudas de más de 5 añosAnálisis real de los intereses que te cobra Banco Pacífico u otra entidad financiera, para reducir legalmente la deuda y negociar desde una cifra correcta.
Bancos y cooperativasSi tienes hijos menores, eres mayor de 65 años, tienes una discapacidad o una enfermedad grave, existe una vía para solicitar el levantamiento de la medida sobre tus fondos.
Casos prioritariosPlanes y servicios antiguos que reaparecen como coactiva, muchas veces años después.
Multas acumuladas que terminan en retención de tus cuentas sin que sepas de dónde salieron.
Impuestos, multas e intereses de mora que llegan a la vía coactiva.
Impuestos municipales vencidos que derivan en bloqueo de cuentas o prohibición de enajenar.
Créditos y tarjetas en mora. Revisamos la liquidación de intereses de Banco Pacífico y otras entidades.
Un proceso claro, con o sin abogado. Toca cada paso para ver qué ocurre y qué recibes.
Un equipo jurídico y financiero que revisa tu expediente, tu capacidad de pago y los intereses que te cobran, y te explica cada paso en lenguaje claro.
Responde estas preguntas y descubre qué factores pueden estar afectando tu caso. Al finalizar recibirás una evaluación inicial basada en tus respuestas, que te permitirá saber si tu situación requiere una revisión más detallada.
No respondas al azar. La información que proporciones determinará el resultado de tu evaluación.
Importante: la evaluación es orientativa. Para determinar las acciones que podrían corresponder a tu caso es necesario revisar la documentación y tus circunstancias particulares.
La acción puede ser ejercida por cualquier persona, “por sí misma o a través de representante o apoderado”.
Art. 9 · LOGJCC
Indica desde cuándo te cobran la deuda y mira en la línea de tiempo cuánto ha pasado frente al plazo de cinco años.
El plazo se cuenta desde que la obligación fue exigible y puede interrumpirse, por ejemplo, si te citaron con el auto de pago o si reconociste la deuda. Por eso el resultado se confirma con tu expediente.
Cálculo orientativo. No reemplaza la revisión del expediente.
Respuestas generales. Cada caso depende de su expediente y de la documentación disponible.
La notificación es un derecho fundamental. Si la institución no te notificó antes de iniciar el cobro y retener tus fondos, se vulneró tu derecho a la defensa, y la falta de notificación acarrea la nulidad de las actuaciones de cobro. Además, los funcionarios que omitieron notificar pueden ser sancionados.
Las obligaciones con más de cinco años pueden considerarse extintas por prescripción. La prescripción no opera sola: debes solicitarla ante un juez para que se declare y se dé de baja el proceso de cobro.
No es indispensable. El Art. 9 de la LOGJCC permite que cualquier persona actúe por sí misma. En la cita te entregamos una hoja de ruta para que lo hagas tú, o te acompañamos si prefieres ahorrar tiempo.
Al ser una entidad privada, un banco o cooperativa no puede bloquear tus cuentas en otras instituciones por su cuenta. En estos casos revisamos el monto, los intereses que te cobran y tu capacidad de pago para conciliar o reducir legalmente la deuda.
Sí. Hacemos un análisis real de los intereses cobrados, comparamos con lo que legalmente corresponde y usamos ese cálculo para negociar o presentar pruebas de descargo.
Sí. Si tienes hijos menores de edad, eres mayor de 65 años, tienes una discapacidad o una enfermedad grave, existe una alternativa para solicitar el levantamiento de la medida sobre tus fondos. Lo tratamos como caso prioritario.
Te atendemos de forma presencial en el norte de Quito, frente al Centro Comercial Iñaquito.
Recibe una orientación personalizada y tu hoja de ruta para saber cómo continuar con tu caso.
Dependiendo de tu situación, existen alternativas legales que puedes gestionar personalmente. En JURELEX analizamos tu caso y te entregamos una hoja de ruta para que conozcas tus opciones y sepas cómo realizar el trámite por tu cuenta cuando sea legalmente posible.
La asesoría no garantiza la eliminación de la deuda ni la terminación del procedimiento. Los servicios de patrocinio y tramitación adicional se cotizan por separado.
Te atendemos en IUS Corporation, Torre Empresarial, piso 10, frente al CCI, Quito.
Confirmamos tu cita por WhatsApp.
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